El tribunal adopta una fórmula muy simple, con la presunción subyacente de que ambos padres del niño deben tener entre 50 y 50 de la custodia conjunta de un niño (independientemente de la edad). El primer criterio es, simplemente, ¿quién quiere la custodia del niño? Si un padre decide voluntariamente renunciar a cualquier derecho de custodia, mientras que el otro padre quiere la custodia, este es un caso bastante sencillo. Por ejemplo, en mi propio divorcio, mi ex esposa optó por renunciar a sus derechos de custodia física y, en cambio, decidió dejar a nuestro hijo con todas sus pertenencias que estaban en la casa de mi ex un día, luego mudarme para estar con su amante lesbiana . Esto me permitió obtener fácilmente la custodia física de nuestros hijos de 8 años en el momento del divorcio. Compartimos la custodia legal conjunta solo porque mi ex no quería renunciar a ella, afortunadamente tengo el voto de desempate, por lo que su custodia legal compartida solo significa que debo informarle sobre las decisiones legales con respecto a nuestra hija.
Los otros criterios se organizan en el orden de prioridad de un juez, ya que consideran plenamente qué es lo mejor para el niño en la mente del juez. En este caso, consideran si alguno de los padres es inadecuado, las necesidades del niño y la capacidad de cada uno de ellos para satisfacer esa necesidad, y si el niño tiene la edad suficiente, la preferencia del niño también puede influir. Cada juez es diferente y es su propio individuo, por lo que es imposible decir cómo priorizar. Por supuesto, si los padres que se divorcian pueden llegar a un acuerdo sobre cualquier cosa, ese acuerdo puede presentarse a los tribunales y, con la excepción de los pagos de manutención de los hijos, es poco probable que el juez se pronuncie en contra de lo que los padres acordaron. Ha habido algunos casos en los que los padres acordaron que el padre sin custodia no pagó la pensión alimenticia con los padres con custodia que se sabe que los jueces han anulado e insisten en que se realice dicho pago, incluso si la cantidad es mínima en función de los ingresos respectivos de los padres /riqueza.