¿Pueden los acuerdos prenupciales contener cláusulas situacionales que tengan sanciones monetarias para una conducta atroz como la infidelidad y la mentira?

Como regla general, no.

La mayoría de las jurisdicciones prohíben este tipo de “cláusulas de penalización” en todos los contratos, no solo en los contratos prematrimoniales. Una cláusula de penalización monetaria es aceptable si proporciona una compensación razonable por un incumplimiento (como una penalización del doble de la tarifa normal por la devolución tardía de un automóvil de alquiler), pero no cuando la parte que depende de la cláusula está tratando de obtener “algo por nada” ( por ejemplo, una multa de $ 5,000 por devolver el automóvil con un tanque de gasolina de menos de 1/4 del total).

No es que no puedas imponer sanciones previas a cosas como la infidelidad. Sin embargo, en la mayoría de los lugares, la infidelidad no se puede usar como una excusa para anular totalmente a alguien de los beneficios a los que tendría derecho si no hubieran firmado el contrato previo. Por ejemplo, es perfectamente legal desvincular a alguien de la manutención del cónyuge en caso de que se vuelva a casar, pero no se puede desentenderse simplemente por tener una aventura de una noche.