Si uno posee el título de una propiedad con un socio y ese socio fallece, ¿cuál es el recurso para comprar el resto del título?

“¿Puede?”, Sí.

¿Se lo venderá la viuda al precio que desea pagar? Alguien lo adivina, y por completo y al 100% su decisión.

Usted tuvo un abogado cuando compró la propiedad, suponiendo que la compró en los Estados Unidos. Usted tenía un abogado cuando estableció el acuerdo de asociación, asumiendo que es una verdadera sociedad (LLC) y no simplemente un “amigo”.

Hable con su abogado y llame a la viuda. Usted debe enviar flores o hacer contribuciones a la organización benéfica nombrada de todos modos. Si no lo has hecho ya y lo primero que oye de ti es: “Quiero comprar tu mitad de esa tierra”, espera pagar un poco más que el mercado.