¿Puede una esposa presentar un caso de acuerdo con 498 A, incluso después de 25 años de matrimonio si el esposo quiere seguir adelante con el divorcio?

Sí, ella puede presentar un 498a sin ninguna razón también.

Según el IPC, el 498a dice lo siguiente:
“Quienquiera que sea el marido o el pariente del marido de una mujer, somete a esa mujer a la crueldad será castigado con pena de prisión por un período de tiempo que puede durar hasta tres años y también puede ser sancionado. El delito es reconocible, no Compuesto y no bailable “.

En estas circunstancias, es bueno contar con un buen abogado antes de que se plantee el divorcio.

ref: mal uso de 498a: ley de la dote

Sí, la esposa todavía puede presentar un caso u / s 498a, que es la disposición más abusada de la IPC.

Sin embargo, después de 25 años de matrimonio, no tendrá mucho daño y obtendría una fianza anticipada fácilmente.

Saludos,

Shonee Kapoor
498a Asesor Shonee Kapoor

La ofensa bajo 498-A IPC es una ofensa continua y, por lo tanto, no hay un período de limitación aplicable a una ofensa cometida bajo la Sección 498-A IPC. Por lo tanto, incluso después de 25 años de matrimonio, su esposa puede abofetear un FIR contra usted. Esta sección se ha convertido en una de las causas de divorcio en la India que es mal utilizada por la esposa.