Sí puede, pero no debería.
La esposa es notaria en virtud de los poderes notariales especiales que tiene en ella y, por otra parte, como individuo y, a título personal, es la esposa de su esposo que presenta el documento legal ante el tribunal.
No hay una ley o ley estricta que prohíba a la esposa certificar el documento legal de su esposo.
Pero, por otro lado, los principios morales no le permiten dar fe de dicho documento legal que debe presentar su esposo ante el tribunal.
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Se espera que los notarios sean testigos imparciales de que el documento sea atestiguado por ellos, por lo que moralmente la esposa debe abstenerse de atestiguar dicho documento legal de su esposo para evitar ser una parte interesada en el documento.
El interés implícito de la esposa en el asunto puede ser inferido por el tribunal, lo que puede generar sospechas en la opinión del tribunal con respecto al asunto en cuestión que, por lo tanto, puede afectar la decisión del caso en manos del tribunal.
¿Por qué invitar a situaciones innecesarias cuando se pueden evitar obteniendo dicho documento certificado por otro notario?
Descargo de responsabilidad: lo anterior no es un consejo legal para constituir una relación de abogado de cliente entre nosotros.