Bueno, esta es, desafortunadamente, una pregunta muy específica de la jurisdicción y de los hechos. Todas las cuestiones legales son. El asesoramiento legal no es “canónico”.
Supongo que a partir de la pregunta, los detalles de que el interrogador se encuentra en una jurisdicción donde el divorcio “sin culpa” no está disponible, ya que incluso en los casos en que hay una culpa, si existen causas basadas en la culpa y sin culpa, la mayoría de la gente opta para despues. Voy a rechazar cualquier conocimiento particular de la ley aplicable aquí, ya que no trabajo en ese lugar. Pero por el bien de ofrecer una respuesta más general y representativa, este es un patrón de hecho interesante y relativamente poco común.
Es poco probable, dado el tipo de consideraciones que normalmente se dan a la pensión alimenticia permanente en los EE. UU., Que se otorgará la pensión alimenticia permanente, si el cónyuge anteriormente dependiente se convierte en el cónyuge con mayores ingresos durante la separación de la separación: el cónyuge anteriormente con mayores ingresos señalaría a la corte que no hay necesidad de pensión alimenticia en el momento del juicio y el cónyuge anteriormente dependiente se opondría a una reclamación de pensión alimenticia a su vez al clasificar su aumento de ingresos como no pertinente al estado del matrimonio en el momento de la separación. La fecha de separación es un concepto importante en la ley matrimonial estadounidense en todos o casi todos los estados.
En algunos, pero no en todos los estados (Carolina del Norte es uno, ¹ Pensilvania no es²), la falla matrimonial es relevante para la determinación de la pensión alimenticia permanente.
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No es inconcebible que se pueda otorgar manutención conyugal o ‘pensión alimenticia pendiente ‘, y el premio termina con la entrada de un decreto de divorcio final.
En Pensilvania, la manutención del cónyuge se considera un deber del matrimonio, y la separación de las partes no lo obvia. La demostración de “dependencia financiera” (normalmente, simplemente no ganar tanto como la otra parte es suficiente) se realiza a partir del momento en que se decide el caso, aunque un acusado puede objetar su apoyo en una demostración de circunstancias que justificarían una divorcio basado en la culpa, a saber, adulterio, abandono, abuso, encarcelamiento por más de dos años, o ‘indignidades a la persona’. Aplicado al escenario fáctico anterior, el tribunal sopesaría las acusaciones de adulterio en competencia y decidiría si alguna de las partes había cometido adulterio y si alguna de las partes “condonaba” (permitía o perdonaba) el adulterio de la otra. Suponiendo que el adulterio del cónyuge que busca apoyo (esposo, presumiblemente, en su ejemplo) se demostró con pruebas claras y convincentes, se denegaría el apoyo. Si se llegara a la conclusión de que el adulterio había sido condonado (lo que sería si las partes se reconciliaran después de que el cónyuge lesionado tuviera conocimiento del asunto), probablemente se otorgaría apoyo (aunque no está 100% claro en nuestra ley en cuanto a si no lo está o no). -se puede realizar un análisis mecánico de la ‘dependencia’, por lo que la esposa que se opone a la orden de apoyo también podría argumentar que “él no era dependiente cuando estábamos casados”).
‘Alimony pendente lite ‘ se otorga al demostrar que esa parte necesita apoyo hasta que se resuelva el litigio. Si se considera apropiado, el “APL” se calcula utilizando la misma fórmula que la manutención conyugal, pero a diferencia de la manutención conyugal, se cuenta como un crédito en los procedimientos de distribución equitativa, lo que suaviza considerablemente el golpe para el pagador si existe un patrimonio matrimonial significativo. . APL no está sujeta a la defensa de la falta marital.
Cada jurisdicción tiene sus propias leyes sobre estos temas, por lo que la única respuesta real puede provenir de un abogado admitido en su corte.
¹ NCGS § 50-16.3A (a), (b) (1):
(a) … Si el tribunal determina que el cónyuge dependiente participó en un acto de comportamiento sexual ilícito, según se define en GS § 50-16.1A (3) a., durante el matrimonio y antes o en la fecha de la separación, el El tribunal no otorgará la pensión alimenticia. Si el tribunal determina que el cónyuge de apoyo participó en un acto de comportamiento sexual ilícito, según se define en GS 50-16.1A (3) a., Durante el matrimonio y antes o en la fecha de la separación, el tribunal ordenará que La pensión alimenticia se pagará a un cónyuge dependiente. Si el tribunal determina que el dependiente y el cónyuge de apoyo participaron cada uno en un acto de comportamiento sexual ilícito durante el matrimonio y antes o en la fecha de la separación, la pensión alimenticia será denegada o otorgada a discreción del tribunal después de la consideración de todos de las circunstancias. Cualquier acto de comportamiento sexual ilícito por cualquiera de las partes que haya sido condonado por la otra parte no será considerado por el tribunal.
…
(b) … Al determinar el monto, la duración y la forma de pago de la pensión alimenticia, el tribunal considerará todos los factores relevantes, incluidos: (1) La falta de conducta marital de cualquiera de los cónyuges. Nada en el presente documento impedirá que un tribunal considere incidentes de mala conducta matrimonial después de la separación de la separación como evidencia que corrobora otras pruebas de que la mala conducta matrimonial ocurrió durante el matrimonio y antes de la fecha de la separación [.]
² 23 Pa.CS § 3701 (b) (14) sí permite que un tribunal de Pennsylvania considere “mala conducta”, pero la jurisprudencia resta importancia al significado de la misma:
Inicialmente, notamos que la mala conducta conyugal no es un obstáculo para una concesión de pensión alimenticia. Es solo uno de los muchos factores que debe ser considerado por el tribunal de primera instancia para hacer su determinación. Además, su importancia se ve disminuida por el hecho de que es uno de los catorce factores.
Nuttall v. Nuttall , 386 Pa.Super. 148, 162, 562 A.2d 841, 848 (1989). Más recientemente, tanto el Tribunal Superior como el Tribunal Supremo de Pensilvania han sostenido que un tribunal que esté considerando una pensión alimenticia o una distribución equitativa tiene como efecto “justicia económica”.
Anteriormente hemos explicado que “el propósito de la pensión alimenticia no es recompensar a una de las partes y castigar a la otra, sino más bien garantizar que se satisfagan las necesidades razonables de la persona que no puede mantenerse a sí misma a través de un empleo adecuado”. “La pensión” se basa en necesidades razonables de acuerdo con el estilo de vida y el nivel de vida establecidos por las partes durante el matrimonio, así como la capacidad de pago del pagador “. Además,” una limonia después de un divorcio es un remedio secundario y está disponible solo donde la justicia económica y las necesidades razonables de las partes no se pueden lograr a través de un premio de distribución equitativa y el desarrollo de una habilidad de empleo apropiada “.
Teodorski v. Teodorski , 857 A.2d 194, 200 (Pa.Super. 2004), citando a Moran v. Moran , 839 A.2d 1091, 1096–7 (Pa.Super. 2003). En general, el adulterio no es un impedimento para la pensión alimenticia, aunque puede ser un apoyo conyugal no calificado.