En la India, no es una regla que la madre tenga la custodia, sino el bienestar del niño, lo que cobra una importancia primordial. EN ROXANN SHARMA V / S ARUN SHARMA
APELACIÓN CIVIL Nº 1966 DE 2015 En un juicio notable relacionado con la custodia provisional del niño que sufre las disputas matrimoniales de los padres, los derechos de visita y la tutela, un banco de 2 jueces de la Corte Suprema presentó varias propuestas de ley mientras otorgaba la custodia provisional hasta su disposición final. El tribunal de primera instancia a la madre. El banco que habla a través del juez Vikramjit Sen, establece observaciones muy precisas y examina varias definiciones de ‘tutor’, ‘derechos de visita’ y evalúa el tema desde el ángulo de las disposiciones de la Ley de Tutela y Minoría Hindú, 1956 y la Ley de Guardianes y Guardas, 1890. En una batalla de custodia entre padres separados, un niño menor de edad que no haya cumplido cinco años de edad, se le permitirá permanecer con la madre, el Tribunal Supremo dictaminó que, en tales casos, el niño no debe ser tratado como un “cuartel”. “. El tribunal dijo que bajo la Ley de Minoría y Tutela Hindú (HMG), un padre puede ser el tutor de la propiedad del menor, pero no el tutor de su persona si el niño tiene menos de cinco años.
El Tribunal dijo que no puede haber cautela de que cuando un Tribunal se enfrenta a reclamos de custodia en conflicto, no hay derechos de los padres que deban ser ejecutados; el niño no es un mueble o una pelota que rebota de un lado a otro de los padres. Solo el bienestar del niño es el punto focal a considerar. El Parlamento cree con razón que la custodia de un niño menor de cinco años de edad debería estar normalmente en manos de la madre y esta expectativa puede desviarse solo por razones importantes.
La corte del ápice anuló la orden del tribunal superior de Bombay que otorgó la custodia de un niño de dos años al padre, alegando que la Madre no había establecido su idoneidad para obtener la custodia provisional del niño.
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La Ley HMG postula que la custodia de un bebé o un niño de corta edad debe otorgarse a su madre, a menos que el padre revele razones convincentes que sean indicativas y presagien el sustento del bienestar y el interés del niño que está siendo socavado o puesto en peligro si La custodia es retenida por la madre. La sección 6 (a) de la Ley, por lo tanto, preserva el derecho del padre a ser el tutor de la propiedad del menor, pero no el tutor de su persona mientras el niño tenga menos de cinco años. Detecta la excepción de la custodia provisional, en contraposición a la tutela, y luego especifica que la custodia debe otorgarse a la madre siempre que el niño tenga menos de cinco años de edad. El tribunal dijo que la Ley colocó la responsabilidad en el padre para demostrar que no estaba en el bienestar del niño que se colocaba bajo la custodia de la madre y la orden de HC prácticamente anula el espíritu de la promulgación. La Ley establece de inmediato que la custodia de un menor que no haya cumplido los 5 años cumplirá con la madre. El uso de la palabra ‘ordinariamente’ no puede ser sobre enfatizado. Ordena una presunción, aunque sea refutable, a favor de la madre.