¿Puedo reclamar a mi nieto de 6 meses como dependiente?

La lista completa de reglas está aquí: Un “niño calificado”

En general, para ser un hijo calificado del contribuyente, una persona debe cumplir cuatro pruebas:

  • Relación : el hijo o hijastro del contribuyente (ya sea por sangre o por adopción), hijo adoptivo, hermano o hermanastro, o un descendiente de uno de estos.
  • Residencia : tiene la misma residencia principal que el contribuyente por más de la mitad del año tributario. En ciertos casos, se aplican excepciones para los hijos de padres divorciados o separados, los niños secuestrados, las ausencias temporales y los niños que nacieron o murieron durante el año.
  • Edad : debe ser menor de 19 años al final del año fiscal, o menor de 24 años si es un estudiante a tiempo completo durante al menos cinco meses del año, o debe estar total y permanentemente discapacitado en cualquier momento durante el año .
  • Soporte : no proporcionó más de la mitad de su propio apoyo para el año.

Si está cumpliendo con todas estas pruebas y nadie más reclama a este niño como dependiente, debe consultar con su contador.

Si usted es el cuidador principal de su nieto, entonces sí, puede hacerlo.

Si no es el cuidador principal de su nieto, entonces la respuesta es no. Suponiendo que está llenando esto por impuestos, o algo similar, esa rama del gobierno debe tener pautas sobre quién constituye un dependiente.