¿Cuáles son los dos sistemas que gobiernan una membresía en una empresa familiar hindú conjunta?

Hay dos escuelas de leyes hindúes que gobiernan a la familia indivisa hindú (HUF):
1. Ley Mitakshara
2. Dayabhaga Law
La Ley Mitakshara se aplica a toda la India, con excepción de Bengal y Assam, y la Ley Dayabhaga se aplica a las comunidades como los bengalíes y asameses que viven en los Estados de Bengal y Assam y otras partes del mundo. Las principales diferencias entre Mitakshara y Dayabhaga son:
Mitakshara
1. El hijo obtiene un derecho de nacimiento en la propiedad familiar conjunta. En caso de que sea adulto, puede exigir la partición incluso durante el tiempo de vida de su padre.
2. Tiene algo que decir y puede evitar que su padre se enajene de forma ancestral o no autorizada.
3. Un coparcener no tiene derecho a enajenar su parte en la propiedad familiar conjunta. A su muerte sin problema masculino, su interés sobrevive a su hermano.
4. La viuda del coparcener fallecido no puede imponer la partición. Ella tiene derecho de manutención.
5. La esencia de un coparcenario es la unidad de propiedad.
Dayabhaga:
1. No tiene derecho en la propiedad familiar conjunta mientras su padre esté vivo.
2. El padre es el dueño absoluto de la propiedad y puede tratarla de la manera que más le guste.
3. Cada miembro adulto hombre o mujer tiene derecho a exigir la partición y puede enajenar su interés y, al morir, su parte será heredada por sus herederos.
4. La viuda se convierte en coparcener con el hermano de su esposo y puede exigir la partición.
5. La esencia es la unidad de posesión y no la propiedad.
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Hay dos escuelas de leyes hindúes que gobiernan a la familia indivisa hindú (HUF):
1. Ley Mitakshara
2. Dayabhaga Law
La Ley Mitakshara se aplica a toda la India, con excepción de Bengal y Assam, y la Ley Dayabhaga se aplica a las comunidades como los bengalíes y asameses que viven en los Estados de Bengal y Assam y otras partes del mundo. Las principales diferencias entre Mitakshara y Dayabhaga son:
Mitakshara
1. El hijo obtiene un derecho de nacimiento en la propiedad familiar conjunta. En caso de que sea adulto, puede exigir la partición incluso durante el tiempo de vida de su padre.
2. Tiene algo que decir y puede evitar que su padre se enajene de forma ancestral o no autorizada.
3. Un coparcener no tiene derecho a enajenar su parte en la propiedad familiar conjunta. A su muerte sin problema masculino, su interés sobrevive a su hermano.
4. La viuda del coparcener fallecido no puede imponer la partición. Ella tiene derecho de manutención.
5. La esencia de un coparcenario es la unidad de propiedad.
Dayabhaga:
1. No tiene derecho en la propiedad familiar conjunta mientras su padre esté vivo.
2. El padre es el dueño absoluto de la propiedad y puede tratarla de la manera que más le guste.
3. Cada miembro adulto hombre o mujer tiene derecho a exigir la partición y puede enajenar su interés y, al morir, su parte será heredada por sus herederos.
4. La viuda se convierte en coparcener con el hermano de su esposo y puede exigir la partición.
5. La esencia es la unidad de posesión y no la propiedad.
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