Las personas en la categoría Relativa Inmediata (cónyuge, menor de 21 años o padres de un ciudadano estadounidense) no necesitan estar en estado para solicitar el Ajuste de estado (I-485). Las personas en casi todas las demás categorías (incluso como cónyuge de un residente permanente, categoría F2A) deben estar en estado en el momento de solicitar el Ajuste de estado.
Entonces, si su cónyuge va a estar fuera de estatus, ella solo podrá ajustar su estatus una vez que se convierta en ciudadano. Una vez que te conviertes en ciudadano, I-130 y I-485 pueden presentarse simultáneamente, ya que la categoría Relativo Inmediato no tiene que esperar. No tiene sentido presentar I-130 antes que eso, ya que presentar I-130 sin I-485 no le proporciona ningún beneficio (solo la presentación de I-485 la protege contra la deportación); y de hecho tiene desventajas, entre ellas 1) le permite a la inmigración saber que ella está aquí y es deportable sin protegerla contra la deportación, y 2) requiere “actualizar” la petición I-130 de F2A a la categoría Relativa inmediata que es una molestia.